| Dependencia responsable: | Coordinación de Tránsito y Transporte |
| Quién puede solicitar: | Interesado (a) |
| En qué consiste: | Dar prórroga a los vehículos afectos a la prestación del servicio público de transporte, que hayan presentado vida útil, siempre y cuando se encuentren en estado físico-mecánico óptimo para la prestación del servicio. |
| Documento que se obtiene: | Prórroga en vehículos en buen estado de servicio público de transporte. |
| Costo: | $1,130.9 |
| Tiempo de respuesta: | 5 min |
| Figura jurídica: | Afirmativa ficta: No | Negativa ficta: No |
| Vigencia: | 1 año |
| Fundamentos de ley: | Artículo 17 Fracción II de la Ley de Ingresos del Estado de Guanajuato para el Ejercicio Fiscal de 2026.
Artículo 127 Fracción I y Fracción II de la Ley de Movilidad del Estado de Guanajuato y sus Municipios.
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| Fundamentos reglamentarios: | Artículo 19 Fracción VII de la Ley de Ingresos para el Municipio de Purísima del Rincón, Guanajuato, para el Ejercicio Fiscal del año 2026.
Artículo 173 del Reglamento de Movilidad para el Municipio de Purísima del Rincón, Gto.
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| Observaciones: | Aplica solamente para los concesionarios del Servicio Público de Transporte. |
| Sanciones: | Si no se paga, puede ser acreedor a la suspensión de los derechos de la prestación del servicio público de transporte en su modalidad de urbano y sub urbano. |