| Dependencia responsable: | Dirección de Predial y Catastro |
| Quién puede solicitar: | Interesado(a) o Apoderado(a) Legal. |
| En qué consiste: | Acreditar mediante constancia, si se tienen bienes inmuebles o no registrados a nombre propio en el municipio de Purísima del Rincón,
Guanajuato. Por medio de la constancia se acredita la propiedad del inmueble registrado previamente. |
| Documento que se obtiene: | Constancia de propiedad y no propiedad |
| Costo: | $62.80 pesos |
| Tiempo de respuesta: | 10 minutos |
| Figura jurídica: | Afirmativa ficta: No | Negativa ficta: No |
| Vigencia: | No aplica. |
| Fundamentos de ley: | Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato, artículo 2; Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato, artículs 193 fracción VI, 194 fracción I y IV; Código Civil para el Estado de Guanajuato, artículo 813 y la Ley para el Gobierno y Administración de los Municipios del Estado de Guanajuato, artículos 17 fracción I y 18.
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| Fundamentos reglamentarios: | Reglamento de la Dirección de Predial y Catastro del Municipio de Purísima del Rincón, Guanajuato, artículos 3, 4 Fracción XII y XVI, 9, 66 y 75; Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Purísima del Rincón, Guanajuato, artículo 42 Fracciónes III y XXIII, así como la Ley de Ingresos para el Municipio de Purísima del Rincón, Guanajuato, para el Ejercicio Fiscal del año 2026, artículo 28 fracción IV. |
| Observaciones: | No Aplica |
| Sanciones: | En caso de ser apoderado legal acreditar el interes jurídico |