| Dependencia responsable: | Dirección del sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del municipio de Purísima del Rincón |
| Quién puede solicitar: | Niñas, niños y adolescentes que asisten a planteles educativos oficiales. |
| En qué consiste: | Es objetivo general del programa favorecer un estado de nutrición adecuado de los grupos de atención prioritaria, complementando su dieta en contribución al ejercicio del derecho a la alimentación, educación alimentaria, así como de acciones para el aseguramiento de la calidad. |
| Documento que se obtiene: | Padrón de personas beneficiarias |
| Costo: | $15.00 |
| Tiempo de respuesta: | 30 días |
| Figura jurídica: | Afirmativa ficta: No | Negativa ficta: No |
| Vigencia: | Ciclo Escolar |
| Fundamentos de ley: | Ley de Asistencia Social y Fortalecimiento Familiar para el Estado de Guanajuato, en el Artículo 4. Tienen derecho a la asistencia social las personas y familias que por sus condiciones físicas, mentales, jurídicas, económicas o sociales requieran de servicios especializados para su protección y desarrollo integral, entre las que se comprenden, preferentemente, y Artículo 33. La adscripción orgánica y naturaleza jurídica de los DIF Municipales será determinada por cada Ayuntamiento. Cuando los DIF Municipales cuenten con órganos consultivos, sus integrantes deberán seleccionarse de entre los sectores público, social y privado y no recibirán retribución, emolumento o compensación alguna por la prestación de sus servicios.
El artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la igualdad jurídica entre hombre y mujer, la protección de la familia, el derecho a la planificación familiar, a la salud, a un medio ambiente sano, a una vivienda digna, derechos de la niñez, identidad, cultura y acceso al agua.
Ley de Salud del Estado de Guanajuato: ARTÍCULO 5. El sistema estatal de salud está constituido por las dependencias y entidades públicas del Estado y las personas físicas y morales de los sectores social y privado que presten servicios de salud en la Entidad, así como por los mecanismos de coordinación de acciones a fin de dar cumplimiento al derecho a la protección de la salud en el territorio del Estado de Guanajuato. Su objetivo es mejorar las condiciones de salud con equidad, calidad y eficiencia. (Párrafo reformado. P.O. 24 de diciembre de 2002) 4 El Sistema Estatal de Salud, con la intervención que corresponda al Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Guanajuato, definirá los mecanismos de coordinación y colaboración en materia de planeación de los servicios de salud en el Estado, de conformidad con las disposiciones de esta ley y las que al efecto sean aplicables. |
| Fundamentos reglamentarios: | REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA QC3181 ASISTENCIA ALIMENTARIA GUANAJUATO MODALIDAD ALIMENTACIÓN ESCOLAR PARA EL EJERCICIO FISCAL 2026 |
| Observaciones: | La aportación voluntaria que establezca el comité de alimentación escolar por ración diaria de hasta un máximo de $15.00 (quince pesos 00/100 M.N.), cantidad que no será entregada al DIF Estatal, DIF Municipales, ni al plantel educativo oficial, sino que debe ser utilizada por dicho comité exclusivamente para la operatividad y gastos del espacio alimentario. |
| Sanciones: | NO APLICA |