Trámite o Servicio: Evaluación del Estudio de Riesgo

Fecha de Publicación: 2026-02-25

Dependencia responsable:Coordinación de Ecología
Quién puede solicitar:Interesado(a)
En qué consiste:Evaluar los riesgos ambientales asociados a un proyecto, obra o actividad, con el fin de prevenir accidentes, proteger el medio ambiente, la población y la infraestructura, y establecer medidas de seguridad y control adecuadas.
Documento que se obtiene:Autorización del Estudio de Riesgo
Costo:$6,499.40
Tiempo de respuesta:60 días hábiles
Figura jurídica:Afirmativa ficta: Si | Negativa ficta: No
Vigencia:12 meses
Fundamentos de ley:Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Sección V. Evaluación del Impacto Ambiental. Artículo 28 al Artículo 35 bis 3. Ley de Ingresos para el Municipio de Purísima del Rincón, Guanajuato, para el Ejercicio Fiscal del año 2026 Sección Décima tercera. Servicios en Materia Ambiental Artículo 27.
Fundamentos reglamentarios:Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación Del Impacto Ambiental. Reglamento para la Protección y Preservación del Ambiente de Purísima del Rincón, Guanajuato. Capítulo VI. Del Impacto Ambiental. Sección II. De la Evaluación del Impacto Ambiental a Cargo del Municipio Artículos del 15 al 20. Capitulo XVI. De las Medidas de Seguridad y Sanciones. Artículo 100.
Observaciones:El proyecto presenta riesgos ambientales derivados del manejo de sustancias y procesos potencialmente peligrosos. No obstante, considerando la implementación de las medidas de prevención, mitigación y atención a emergencias propuestas en el Estudio de Riesgo Ambiental, se estima que dichos riesgos pueden ser controlados y reducidos a niveles aceptables. Asimismo, el proyecto deberá contar con el dictamen, visto bueno o validación técnica emitida por la Coordinación de Protección Civil competente, quien será la autoridad encargada de verificar, constatar y evaluar las condiciones de seguridad, así como el cumplimiento de los criterios de riesgo, planes de emergencia, rutas de evacuación y demás medidas de seguridad aplicables. El cumplimiento de las condicionantes que emita la autoridad ambiental, así como de las disposiciones y observaciones establecidas por Protección Civil, será obligatorio para la ejecución y operación del proyecto.
Sanciones:Las violaciones a los preceptos de este Reglamento, de la Ley, sus Reglamentos, Normas Oficiales Mexicanas y Normas Técnicas Ambientales, en los casos de su competencia, serán sancionadas administrativamente por la Dirección de Medio Ambiente y Ecología, con una o más de las siguientes sanciones: I. Apercibimiento; II. Amonestación; III. Multa por el equivalente de uno a veinte mil UMAS, en el momento de imponer la sanción; IV. Clausura temporal o definitiva, parcial o total, cuando: A. El infractor no hubiere cumplido en los plazos y condiciones impuestos por la autoridad, con las medidas correctivas o de urgente aplicación ordenadas, B. En casos de reincidencia cuando las infracciones generen efectos negativos al ambiente; V. Arresto administrativo hasta por treinta días.

1.-Presentar la solicitud de autorización de operación ante la Coordinación de Ecología, acompañada de la documentación requerida y la información general de la actividad.

2.-Permitir y atender la revisión técnica de la documentación presentada por parte de la autoridad competente.

3.-Atender la evaluación de los posibles riesgos e impactos ambientales asociados a la actividad, conforme a la información proporcionada.

4.-Permitir la inspección al sitio por parte del inspector autorizado, para verificar las condiciones físicas, operativas y de seguridad del establecimiento.

5.-Presentar y, en su caso, complementar las medidas de prevención y control ambiental, así como las acciones de seguridad y atención a emergencias que resulten aplicables.

6.-Atender y solventar las observaciones técnicas que, en su caso, emita la Coordinación de Ecología.

7.-Conocer el dictamen técnico emitido por la autoridad respecto a la viabilidad ambiental de la operación.

8.-Recibir la resolución final, ya sea autorización, autorización condicionada o negativa, según el cumplimiento de la normatividad ambiental aplicable.

1.-Solicitud debidamente requisitada y firmada por el promovente o representante legal.

2.-Datos generales del proyecto (nombre, ubicación, responsable, superficie, etapas).

3.-Identificación y descripción de sustancias peligrosas a manejar (tipo, cantidad, características fisicoquímicas).

4.-Descripción detallada de los procesos productivos y operativos del proyecto.

5.-Plano de ubicación y croquis del área del proyecto, señalando zonas de riesgo.

6.-Análisis de riesgos potenciales (incendio, explosión, derrames, fugas u otros).

7.-Identificación de escenarios de riesgo y su probabilidad de ocurrencia.

8.-Evaluación de consecuencias ambientales, sociales y a la salud.

9.-Medidas de prevención, mitigación y control de riesgos.

10.-Programa de atención a emergencias y contingencias ambientales.

11.-Vinculación del proyecto con la normatividad ambiental aplicable.

12.-Identificación de áreas sensibles cercanas (vivienda, escuelas, cuerpos de agua, áreas naturales).

13.-Fotografías del sitio del proyecto.

14.-Comprobante de pago de derechos correspondiente ante la Tesorería Municipal.

Dependencia:Coordinación de Ecología
Dirección:Mariano Talavera #511, Col. Los Manantiales, C.P 36415,Purísima del Rincón, Guanajuato
Horario:8:00 a 16:00 horas. Lunes a Viernes
Teléfono:476-7435561 Ext. 2133 y 2143
Correo:ecologia@purisimadelrincon.mx

Dependencia:Contraloría Municipal
Teléfono:476- 743-55-61 Ext. 2000
Correo:contraloria@purisimadelrincon.mx