| Dependencia responsable: | Dirección de Servicios Públicos Municipales |
| Quién puede solicitar: | Interesado (a) |
| En qué consiste: | Proporcionar a la ciudadanía el servicio de exhumación, a fin de disponer los restos humanos de manera adecuada y en un lugar autorizado, apegándose a la normativa vigente, evitando infringir alguna ley o reglamento, asegurando que el servicio solicitado les ofrezca todas las garantías. |
| Documento que se obtiene: | Ofrece beneficios de índole logística y familiar, permitiendo la reubicación de los restos |
| Costo: | $494.03 |
| Tiempo de respuesta: | 20 minutos |
| Figura jurídica: | Afirmativa ficta: No | Negativa ficta: No |
| Vigencia: | No Aplica. |
| Fundamentos de ley: | Reglamento Orgánico De La Administración Pública Del Municipio De Purísima Del Rincón, Guanajuato.
Capítulo octavo.
Sección segunda.
Artículo 81.
Fracción VIII.
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| Fundamentos reglamentarios: | Reglamento de Panteones para el Municipio de Purísima del Rincón, Guanajuato.
Capítulo VI
Artículo 32.
Artículo 33.
Ley de Ingresos para el Municipio de Purísima del Rincón, Guanajuato, para el Ejercicio Fiscal del Año 2026.
Capítulo Tercero.
Sección segunda
Artículo 16. |
| Observaciones: | La persona quien tenga los derechos del recibo deberá presentarse a realizar dicho trámite.
Los gastos que se genere para la exhumación (sacar los restos), corren a cuenta del familiar; es decir, únicamente se cubre el permiso para la exhumación y para la limpieza de los restos el familiar contrata ya sea al panteonero o a un particular.
Vigencia de costos, 31 de diciembre del 2026. |
| Sanciones: | Las infracciones más graves que atentan contra el respeto a los difuntos pueden implicar responsabilidades penales conforme al Código Penal del Estado. |