Presentar un Recurso de Revocación es muy sencillo, ya que cualquier persona puede hacerlo sin necesidad de un abogado.
- Puede presentarse personalmente en las oficinas del IACIP (Instituto Acceso a la Información Pública), de lunes a viernes, de 9:00 a 16:00 hrs.
- También puede enviarse por correo certificado al IACIP, conservando su acuse de recibo, dentro de los 15 días hábiles después de haber recibido la respuesta de la Unidad de Transparencia o de que se haya dado la “negativa ficta”.
El Recurso de Revocación puede presentarse por escrito o a través de medios electrónicos establecidos para ello ante el Consejo General del Instituto de Acceso a la Información Pública de Guanajuato (IACIP), y debe contener los siguientes datos:
- Nombre Completo del inconforme.
- Domicilio en el que recibirá documentación, el cual debe estar ubicado en la ciudad de León, que es donde se encuentra el Instituto de Acceso a la Información Pública de Guanajuato (IACIP).
- En caso de no contar con ningún domicilio en León para recibir la documentación, deberá de acudir al IACIP a recoger la resolución a su Recurso de Revocación.
- Nombre y Domicilio de la Unidad de Transparencia en donde realizó su solicitud.
- La fecha en que recibió la respuesta de la Unidad deTransparencia .
- Si no recibió ninguna respuesta, esto es, si fue “negativa ficta”, debe indicar la fecha en que se presentó la solicitud remarcando que han transcurrido ya los 5 días marcados por la ley para que se les entregue la información.
- Explicar brevemente porqué está inconforme con la respuesta que se le dio a la solicitud en la Unidad de Transparencia que señala.
- El Consejo General del IACIP resolverá su Recurso de Revocación en el plazo que marca la ley.
AVISO
Conforme al artículo SEGUNDO TRANSITORIO de la nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado y los Municipios de Guanajuato se le informa que se abrogó la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado y los Municipios de Guanajuato, expedida mediante el Decreto Legislativo número 292 por la Sexagésima Primera Legislatura Constitucional, y publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, número 154, Tercera Parte de fecha 25 de septiembre de 2012.